Novedades en el autoconsumo compartido

En el Real decreto 900/2015 el gobierno prohibió el autoconsumo compartido, es decir, dos o más vecinos no podían compartir una misma instalación fotovoltaica.

Como siempre,, este gobierno, los anteriores y posiblemente los que vengan,, siempre legislando «a favor» de los ciudadanos.

Pues bien,, la Generalitat de Catalunya recurrió parte del articulado del Real Decreto por invasión de competencias en febrero de 2016 y, ahora, el Tribunal Constitucional le ha dado parcialmente la razón.

La Generalitat de Cataluña presentó conflicto de competencias ante el Constitucional contra varios artículos del Real Decreto, de los cuales el TC solo ha aceptado que el decreto invade competencias catalanas en un apartado del artículo 4 y en los artículos 19,, 20,, 21 y 22, que anula. Esta nueva sentencia da luz verde al autoconsumo compartido y se acerca más al cambio de modelo energético que se debe fomentar de cara a 2020-2030, pues en la normativa europea ya se reconoce explícitamente el “derecho de todos los ciudadanos a generar, almacenar, consumir y vender su propia energía renovable en condiciones justas”.

Este Real Decreto, además, estaba en oposición con la Directiva Europea 2010/31 que recoge la obligatoriedad de las administraciones públicas de tomar medidas para que todos los edificios públicos se construyan bajo parámetros de máxima eficiencia energética a partir de 2018 y, a partir de 2020, todos los edificios. Teniendo en cuenta que España es un país en el que la mayoría de las personas viven en comunidades, el autoconsumo compartido supone una herramienta esencial para este cambio de modelo energético.

¿Significa esto, que se puede compartir entre buenos vecinos la generación de energía fotovoltaica?. Teóricamente si, cualquiera puede compartir un sistema de autogeneración con un vecino, pero a efectos prácticos aún lo impide la configuración de las redes eléctricas de los sistemas de autoconsumo, pues no está regulado que varios consumidores compartan un mismo sistema de generación de energía. Como siempre, habrá que esperar que los políticos se pongan a trabajar en ello, algo dudoso para una gran malloría de Españoles.

Aún queda mucho por hacer, pero esta sentencia del Constitucional indica que se debe seguir en esta dirección para conseguir llegar a un nuevo modelo energético, en el que la autogeneración compartida tenga un papel importante.

Europa existe

Afortunadamente para los españolitos de a pié, aún nos queda Europa, la normativa europea empuja inexorablemente a que el autoconsumo sea compartido. No hay otra forma de conseguir que los inmuebles se conviertan en edificios de consumo casi nulo -que se alimenten con energía renovable producida in situ o en el entorno-, algo que ya tienen que ser todos los inmuebles nuevos de la Administración a partir del año que viene y todos los edificios nuevos a partir de 2020. Eso mismo indica la sentencia del Constitucional, y eso mismo denunciaba la Generalitat.

La revisión en curso de la Directiva de Renovables también apunta directamente a que el autoconsumo compartido será legal. Únicamente exige que haya proximidad física a la instalación y establece unos márgenes muy generosos para el tamaño de las instalaciones que pueden compartirse.

Ya sabeis, si quereis compartir, de ilegales una temporada, hasta que «sus señorias» se pongan a trabajar, de momento a esperar